Ineficacia de traslado de régimen pensional
La ineficacia del traslado de régimen pensional en Colombia permite a un afiliado revertir su cambio del Régimen de Prima Media (RPM, administrado por Colpensiones) al Régimen de Ahorro Individual (RAIS, fondos privados) si se demuestra que el traslado se hizo sin recibir información clara, suficiente y comprensible sobre sus consecuencias.
Para que se declare la ineficacia, deben cumplirse tres condiciones: falta de información adecuada, consentimiento no informado, y no se requiere estar próximo a pensionarse. La Corte Suprema ha establecido que esta acción es imprescriptible, es decir, puede ejercerse en cualquier momento.
Cuando un juez declara la ineficacia:
- El afiliado regresa a Colpensiones.
- Se trasladan los aportes acumulados, con rendimientos.
- Se restablecen los beneficios del régimen de transición si aplicaban.
La reciente Ley 2381 de 2024 también introdujo la “Oportunidad de Traslado”, un mecanismo especial y temporal (por dos años) que permite a personas mayores (hombres de 52 años y mujeres de 47 años) con suficientes semanas cotizadas cambiar de régimen sin necesidad de proceso judicial, siempre que no estén pensionados ni hayan retirado fondos.
Si un afiliado considera que su traslado fue ineficaz, debe buscar asesoría legal, reunir documentos relacionados con su afiliación y presentar una demanda laboral para solicitar la declaratoria de ineficacia.
En resumen, la ineficacia protege a quienes fueron trasladados sin información adecuada, permitiéndoles recuperar su derecho a una mejor pensión bajo las reglas de Colpensiones.